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ACREDITACIÓN Y GARANTÍA DE CALIDAD


I. INTRODUCCIÓN


Para evitar gastos catastróficos en salud a la población, acorde a las políticas nacionales establecidas en el Programa Nacional de Salud, el gobierno federal y los gobiernos estatales han conjuntado esfuerzos para brindar protección en salud y financiera a los mexicanos que carecen de seguridad social, producto de la reforma a la Ley General de Salud, aprobada por el H. Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de mayo del 2003.

La reforma a la Ley establece la creación del Sistema de Protección Social en Salud, conducido por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud. El esquema financiero del Sistema se sustenta en la aportación solidaria de los niveles federal y estatal, y se complementa con una cuota familiar con base en su estado socioeconómico.

La Ley General de Salud, también determina la necesidad de Acreditar a los Establecimientos que desean ingresarán a la red de prestadores que atenderá a los beneficiarios. Para ello se deberá de proceder conforme al presente Manual.

La acreditación se concibe como un elemento de Garantía de la Calidad, en sus componentes de la Capacidad, Seguridad y Calidad, dirigida a garantizar los servicios que integran el Catálogo Universal de Servicios de Salud y del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos.


Última modificación :
Miércoles 21 de marzo de 2012 a las 10:10 por Isabel Meneses

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